CATEGORIAS Y REMUNERACIONES
MÍNIMAS CORRESPONDIENTES
AL RÉGIMEN ESPECIAL DE CONTRATO DE TRABAJO
PARA PARA PERSONAL DE CASAS PARTICULARES.
La
ley 26.844 modificó totalmente el (Régimen Especial de Contrato de Trabajo para
Personal de Casas Particulares (anteriormente conocido como “Personal de
Servicio Doméstico).
La Resolución 2/2022 de la Comisión Nacional de Trabajo
para Casas Particulares (publicada en el Boletín Oficial del 29 de abril de
2022) fijó nuevas remuneraciones para los meses de abril; mayo y junio de 2022
Categoría
|
REMUNERACIONES A PARTIR DEL 1° DE
ABRIL DE 2022 |
SUPERVISOR/A: Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más
personas a su cargo. |
PERSONAL
CON RETIRO |
Hora: $ 349 Mensual:
$ 43.568 |
|
PERSONAL
SIN RETIRO |
|
Hora: $ 382 Mensual:
$ 48.530 |
|
PERSONAL PARA TAREAS ESPECÍFICAS: Cocineros/as
contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea
del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo. |
PERSONAL
CON RETIRO |
Hora: $ Mensual:
$ 40.477 330,5 |
|
PERSONAL
SIN RETIRO |
|
Hora: $ 362 Mensual:
$ 45.058 |
|
CASEROS: Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y
preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de
trabajo. |
Hora: $ Mensual: $ 39.492 311,5 |
ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS: Comprende la
asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas
enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. |
PERSONAL
CON RETIRO |
Hora: $ Mensual:
$ 39.492 311,5 |
|
PERSONAL
SIN RETIRO |
|
Hora: $ 349 Mensual:
$ 44.009,5 |
|
PERSONAL PARA TAREAS GENERALES: Prestación de
tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción
de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. |
PERSONAL
CON RETIRO |
Hora: $ 289 Mensual:
$ 35.514,5 |
|
PERSONAL
SIN RETIRO |
|
Hora: $ Mensual:
$ 39.492 311,5 |
El personal que
efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que
resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
ADICIONAL POR ZONA DESFAVORABLE:
Se aplicará un
adicional por zona desfavorable equivalente al TREINTA POR CIENTO (30%) sobre
los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del
personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut,
Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o
en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.
Categoría
|
REMUNERACIONES A PARTIR DEL 1° DE
MAYO DE 2022 |
SUPERVISOR/A: Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más
personas a su cargo. |
PERSONAL
CON RETIRO |
Hora: $ Mensual:
$ 47.489 380,5 |
|
PERSONAL
SIN RETIRO |
|
Hora: $
Mensual: $ 416,5 52.897,5 |
|
PERSONAL PARA TAREAS ESPECÍFICAS: Cocineros/as contratados
en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar
que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo. |
PERSONAL
CON RETIRO |
Hora: $ 360 Mensual:
$ 44.120 |
|
PERSONAL
SIN RETIRO |
|
Hora: $ 395 Mensual:
$ 49.113 |
|
CASEROS: Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y
preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de
trabajo. |
Hora: $ Mensual: $ 43.046 339,5 |
ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS: Comprende la
asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas
enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. |
PERSONAL
CON RETIRO |
Hora: $ Mensual:
$ 43.046 339,5 |
|
PERSONAL
SIN RETIRO |
|
Hora: $
Mensual: $ 380,5 47.970,5 |
|
PERSONAL PARA TAREAS GENERALES: Prestación de
tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción
de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. |
PERSONAL
CON RETIRO |
Hora: $ 315 Mensual:
$ 38.711 |
|
PERSONAL
SIN RETIRO |
|
Hora: $ Mensual:
$ 43.046 339,5 |
El personal que
efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que
resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
ADICIONAL POR ZONA DESFAVORABLE:
Se aplicará un
adicional por zona desfavorable equivalente al TREINTA POR CIENTO (30%) sobre
los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del
personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut,
Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o
en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.
Categoría
|
REMUNERACIONES A PARTIR DEL 1° DE
JUNIO DE 2022 |
SUPERVISOR/A: Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más
personas a su cargo. |
PERSONAL
CON RETIRO |
Hora: $
Mensual: $ 437,5 54.612,5 |
|
PERSONAL
SIN RETIRO |
|
Hora: $ 479 Mensual:
$ 60.832 |
|
PERSONAL PARA TAREAS ESPECÍFICAS: Cocineros/as
contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea
del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo. |
PERSONAL
CON RETIRO |
Hora: $ 414 Mensual:
$ 50.738 |
|
PERSONAL
SIN RETIRO |
|
Hora: $ 454 Mensual:
$ 56.480 |
|
CASEROS: Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y
preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de
trabajo. |
Hora: $ Mensual: $ 49.503 390,5 |
ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS: Comprende la
asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas
enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. |
PERSONAL
CON RETIRO |
Hora: $ Mensual:
$ 49.503 390,5 |
|
PERSONAL
SIN RETIRO |
|
Hora: $ Mensual:
$ 55.166 437,5 |
|
PERSONAL PARA TAREAS GENERALES: Prestación de
tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción
de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. |
PERSONAL
CON RETIRO |
Hora: $
Mensual: $ 362,5 44.517,5 |
|
PERSONAL
SIN RETIRO |
|
Hora: $ Mensual:
$ 49.503 390,5 |
El personal que
efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que
resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
ADICIONAL POR ZONA DESFAVORABLE:
Se aplicará un
adicional por zona desfavorable equivalente al TREINTA POR CIENTO (30%) sobre
los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del
personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut,
Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en
el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.
Buenos Aires, 30 de abril de
2022
Carlos
Oscar Lerner
MONTOS
ANTERIORES A LA RESOLUCIÓN QUE SE RESUME
Categoría |
Personal con Retiro |
Personal sin retiro |
Supervisora. Coordinación y
control de las tareas efectuadas por dos más personas a su cargo |
Hora: $ 192 Mensual: $ 24.000,50 |
Hora: $ 210,50 Mensual $ 26.734,00 |
Personal para tareas específicas:
Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y
toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo |
Hora: $ 181,50 Mensual: $ 22.298 |
Hora: $ 199,50 Mensual: $ 24.821,00 |
Caseros. Personal que presta
tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde
habita con motivo del contrato de trabajo |
Hora: $ 171,50 Mensual: $ 21.755,00 |
|
Asistencia y cuidado de personas.
Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y cuidado no
terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad;
niños/niñas, adolescentes, adultos mayores |
Hora: $ 171,50 Mensual: $ 21.755,00 |
Hora: $ 192,00 Mensual: $ 24.243,50 |
Personal para tareas generales.
Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento,
elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del
hogar |
Hora: $ 159,00 Mensual: $ 19.564,50 |
Hora: $ 171,50 Mensual: $ 21.755,00 |
El
personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría, quedará
comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
Adicional por zona desfavorable: se establece un adicional del 25% sobre los
salarios mínimos correspondientes a cada categoría para el personal que se
desempeñe en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa
Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur o en el Partido de
Patagones
de la Provincia de Buenos Aires
Categoría |
|
|
Supervisora. Coordinación y
control de las tareas efectuadas por dos más personas a su cargo |
Hora $ 206,00 Mensual: $ 25.746,00 |
Hora $ 225,50 Mensual: $ 28678,50 |
Personal para tareas específicas:
Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y
toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para
llevarla a cabo |
Hora: $ 195,00 Mensual: $ 23.919,50 |
Hora: $ 214,00 Mensual: $ 26.626,50 |
Caseros. Personal que presta
tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde
habita con motivo del contrato de trabajo |
Hora: $ 183,50 Mensual: $ 23.337,00 |
|
Asistencia y cuidado de personas.
Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y cuidado no
terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad;
niños/niñas, adolescentes, adultos mayores |
Hora: $ 183,50 Mensual: $ 23.337 |
Hora: $ 206,00 Mensual: $ 26.007,00 |
Personal para tareas generales.
Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento,
elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del
hogar |
Hora: $ 171,00 Mensual: $ 20.987,00 |
Hora: $ 183,50 Mensual: $ 23.337,00 |
El
personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría, quedará
comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
Adicional por zona desfavorable: se establece un adicional del 25% sobre los
salarios mínimos correspondientes a cada categoría para el personal que se
desempeñe en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa
Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur o en el Partido de
Patagones
de la Provincia de Buenos Aires
Categoría |
|
|
Supervisora. Coordinación y
control de las tareas efectuadas por dos más personas a su cargo |
Hora: $ 223,50 Mensual: $ 27.928 |
Hora: $ 244,50 Mensual: $ 31.108,50 |
Personal para tareas específicas:
Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y
toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para
llevarla a cabo |
Hora: $ 211,50 Mensual: $ 25.946,50 |
Hora $ 232,00 Mensual: $ 28.883,00 |
Caseros. Personal que presta
tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde
habita con motivo del contrato de trabajo |
Hora: $ 199,50 Mensual: $ 25.315,00 |
|
Asistencia y cuidado de personas.
Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y cuidado no
terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad;
niños/niñas, adolescentes, adultos mayores |
Hora $ 199,50 Mensual: $ 25.315,00 |
Hora: $ 216,50 / 223,50 Mensual: $ 28.211,00 |
Personal para tareas generales.
Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento,
elaboración y cocción de |
Hora: $ 185,00 Mensual: $ 22.765,50 |
Hora: $ 199,50 Mensual: $ 25.315,00 |
comidas y, en general, toda otra tarea típica
del hogar |
|
|
El
personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría, quedará
comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
Adicional por zona desfavorable: se establece un adicional del 25% sobre los
salarios mínimos correspondientes a cada categoría para el personal que se
desempeñe en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa
Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur o en el Partido de
Patagones
de la Provincia de Buenos Aires
Categoría |
Personal con Retiro |
Personal sin retiro |
Supervisora.
Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos más personas a su
cargo |
Hora: $ 168,50 Mensual: $ 21.039,50 |
Hora: $ 184,00 Mensual:$ 23.435,50 |
Personal para
tareas específicas: Cocineros/as contratados en forma
exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que
requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo |
Hora: $ 159,00 Mensual: $ 19.546,50 |
Hora: $174,50 Mensual:$ 19.546,50 |
Caseros. Personal que presta tareas inherentes al cuidado
general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del
contrato de trabajo |
Hora: $ 150,00 Mensual: $ 19.070,50 |
|
Asistencia
y cuidado de
personas. Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y cuidado
no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad; niños/niñas, adolescentes, adultos mayores |
Hora: $ 150,00 Mensual: $ 19.070,50 |
Hora: $ 168,50 Mensual:$ 19.070,50 |
Personal para
tareas generales. Prestación de
tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento,
elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del
hogar |
Hora: $ 139,50 Mensual: $ 17.150,50 |
Hora: $ 150,00 Mensual:$ 19.070,50 |
El
personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría, quedará
comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
Adicional por zona desfavorable: se establece un adicional del 25% sobre los
salarios mínimos correspondientes a cada categoría para el personal que se
desempeñe en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa
Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur o en el Partido de
Patagones
de la Provincia de Buenos Aires
Categoría |
Personal con Retiro |
Personal sin retiro |
Supervisora.
Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos más personas a su
cargo |
Hora: $ 174,50 Mensual: $ 21.818,50 |
Hora: $ 191,00 Mensual:$ 24.303,50 |
Personal para
tareas específicas: Cocineros/as contratados en forma
exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que
requiera especial |
Hora: $ 165,00 Mensual:$ 20.270,50 |
Hora: $181,00 Mensual:$ 22.564,50 |
idoneidad del personal para llevarla a cabo |
|
|
Caseros. Personal que
presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en
donde habita con motivo del contrato de trabajo |
Hora: $ 155,50 Mensual: $ 19.777,00 |
|
Asistencia
y cuidado de
personas. Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y cuidado
no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad; niños/niñas, adolescentes, adultos mayores |
Hora: $ 155,50 Mensual: $ 19.777,00 |
Hora: $ 174,50 Mensual:$ 22.039,50 |
Personal para tareas generales. Prestación de tareas de
limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda
otra tarea típica del hogar |
Hora: $ 144,50 Mensual: $ 17.785,50 |
Hora: $ 155,50 Mensual:$ 19.777,00 |
El
personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría, quedará
comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
Adicional por zona desfavorable: se establece un adicional del 25% sobre los
salarios mínimos correspondientes a cada categoría para el personal que se
desempeñe en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa
Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur o en el Partido de
Patagones
de la Provincia de Buenos Aires
Por
Resolución 2/2019 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas particulares
(publicada en el Boletín Oficial del 05 de julio de2019 ) se establecieron
nuevas remuneraciones básicas a partir del 01 de junio de 2019. Ellas son:
Remuneraciones a partir
del 01 de Junio de 2019 (corregidas por
la Resolución 3/2019 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas particulares
publicada en el Boletín Oficial del 15 de julio de 2019)
Categoría |
Personal con Retiro |
Personal sin retiro |
Supervisora. Coordinación y control de las
tareas efectuadas por dos más personas a su cargo |
Hora: $ 137,00 Mensual: $ 17.143,00 |
Hora: $ 150,00 Mensual:$ 19.095,50 |
Personal
para tareas específicas: Cocineros/as
contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha
labor, y toda otra tarea del hogar
que requiera
especial idoneidad del personal para llevarla a cabo |
Hora: $ 129,50 Mensual: $ 15.926,50 |
Hora: $142,00 Mensual:$17.729,00 |
Caseros. Personal que presta tareas inherentes al
cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo |
Hora: $ 122,00 Mensual: $ 15.539,00 |
|
Asistencia y cuidado
de personas. Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y
cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con
discapacidad; niños/niñas, adolescentes, adultos mayores |
Hora: $ 122,00 Mensual: $ 15.539,00 |
Hora: $ 137,00 Mensual:$ 17.316,50 |
Personal para tareas generales. Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción
de comidas y, en general,
toda otra tarea típica del hogar |
Hora: $ 133,50 Mensual: $ 13.974,00 |
Hora: $ 122,00 Mensual:$ 15.539,00 |
El
personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría, quedará
comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
Adicional por zona desfavorable: se establece un adicional del 25% sobre los
salarios mínimos correspondientes a cada categoría para el personal que se
desempeñe en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa
Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur o en el Partido de
Patagones
de la Provincia de Buenos Aires
3/2019 de la Comisión
Nacional de Trabajo en Casas particulares publicada en el Boletín Oficial del
15 de julio de 2019)
Categoría |
Personal con Retiro |
Personal sin retiro |
Supervisora. Coordinación y control de las
tareas efectuadas por dos más personas a su cargo |
Hora: $ 149,50 Mensual: $ 18.701,50 |
Hora: $ 163,50 Mensual:$ 20.831,50 |
Personal
para tareas específicas: Cocineros/as
contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha
labor, y toda otra tarea del hogar
que requiera
especial idoneidad del personal para llevarla a cabo |
Hora: $ 141,00 Mensual:$ 17.374,50 |
Hora: $155,00 Mensual:$19.340,50 |
Caseros. Personal
que presta tareas inherentes al
cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del
contrato de trabajo |
Hora: $ 133,00 Mensual: $ 16.591,50 |
|
Asistencia
y cuidado de personas. Asistencia y cuidado de
personas: comprende la asistencia
y cuidado no terapéutico de personas, tales
como: personas enfermas, con discapacidad; niños/niñas,
adolescentes, adultos mayores |
Hora: $ 133,00 Mensual: $ 16.951,50 |
Hora: $ 149,50 Mensual:$ 18.890,50 |
Personal para tareas generales. Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y
cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar |
Hora: $ 124,00 Mensual: $ 15.244,50 |
Hora: $ 133,00 Mensual:$ 16.951,50 |
El
personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría, quedará
comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
Adicional por zona desfavorable: se establece un adicional del 25% sobre los
salarios mínimos correspondientes a cada categoría para el personal que se
desempeñe en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa
Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur o en el Partido de
Patagones
de la Provincia de Buenos Aires
Categoría |
Personal con Retiro |
Personal sin retiro |
Supervisora.
Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos más personas a su
cargo |
Hora: $ 162,00 Mensual: $ 20.260,00 |
Hora: $ 177,00 Mensual:$ 22.567,50 |
Personal para tareas específicas: Cocineros/as contratados en forma
exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que
requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo |
Hora: $ 153,00 Mensual:$ 18.822,50 |
Hora: $ 168,00 Mensual:$ 20.952,50 |
Caseros. Personal que
presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en
donde habita con motivo del contrato de trabajo |
Hora: $ 144,00 Mensual: $ 18.364,00 |
|
Asistencia
y cuidado de
personas. Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y cuidado
no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad; niños/niñas, adolescentes, adultos mayores |
Hora: $ 144,00 Mensual: $ 18.364,00 |
Hora: $ 162,00 Mensual:$ 20.465,00 |
Personal para tareas generales. Prestación de tareas de
limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda
otra tarea típica del hogar |
Hora: $ 162,00 Mensual: $ 16.515,00 |
Hora: $ 144,00 Mensual:$ 18.364,00 |
El
personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría, quedará
comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
Adicional por zona desfavorable: se establece un adicional del 25% sobre los
salarios mínimos correspondientes a cada categoría para el personal que se
desempeñe en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa
Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur o en el Partido de
Patagones
de la Provincia de Buenos Aires
Categoría |
Personal con Retiro |
Personal sin retiro |
Supervisora. Coordinación y control de las
tareas efectuadas por dos más personas a su cargo |
Hora: $ 124,50 Mensual: $ 15.584,50 |
Hora: $ 136,00 Mensual:$ 17.359,50 |
Personal
para tareas específicas: Cocineros/as
contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha
labor, y toda otra tarea del hogar
que requiera
especial idoneidad del personal para llevarla a cabo |
Hora: $ 117,50 Mensual: $ 14.478,50 |
Hora: $129,00 Mensual:$16.117,00 |
Caseros. Personal que presta tareas inherentes al
cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo |
Hora: $ 110,50 Mensual: $ 14.126,00 |
|
Asistencia y cuidado
de personas. Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y
cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con
discapacidad; niños/niñas, adolescentes, adultos mayores |
Hora: $ 110,50 Mensual: $ 14.126,00 |
Hora: $ 124,50 Mensual:$ 15.742,50 |
Personal para tareas generales. Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción
de comidas y, en general,
toda otra tarea típica del hogar |
Hora: $ 103,00 Mensual: $ 12.703,50 |
Hora: $ 110,50 Mensual:$14.126,00 |
Las
adecuaciones previstas en esta resolución regirán en todo el territorio de la
Nación y permanecerán en vigor hasta tanto se modifiquen por una nueva
resolución.
El
personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría, quedará
comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
Adicional por zona desfavorable: se establece un adicional del 25% sobre los
salarios mínimos correspondientes a cada categoría para el personal que se
desempeñe en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa
Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur o en el Partido de
Patagones
de la Provincia de Buenos Aires
Categoría |
Personal con Retiro |
Personal sin retiro |
Supervisora. Coordinación y control de las
tareas efectuadas por dos más personas a su cargo |
Hora: $ 105,50 Mensual: $ 13.228,00 |
Hora: $ 115,50 Mensual:$ 14.733,00 |
Personal
para tareas específicas: Cocineros/as
contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha
labor, y toda otra tarea del hogar
que requiera
especial idoneidad del personal para llevarla a cabo |
Hora: $ 99,50 Mensual: $ 12.228,00 |
Hora: $109,50 Mensual:$13.678,00 |
Caseros. Personal que presta tareas inherentes al
cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo |
Hora: $ 93,50 Mensual: $ 11.988,50 |
|
Asistencia y cuidado
de personas. Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y
cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con
discapacidad; niños/niñas, adolescentes, adultos mayores |
Hora: $ 93,50 Mensual: $ 11.988,50 |
Hora: $ 105,0 Mensual:$ 13.360,50 |
Personal para tareas generales. Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción
de comidas y, en general,
toda otra tarea típica del hogar |
Hora: $ 87,50 Mensual: $ 10.781,50 |
Hora: $ 93,50 Mensual:$11.988,50 |
El
personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría, quedará
comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
Adicional por zona desfavorable: se establece un adicional del 25% sobre los
salarios mínimos correspondientes a cada categoría para el personal que se
desempeñe en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa
Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur o en el Partido de
Patagones
de la Provincia de Buenos Aires
Categoría |
Personal con Retiro |
Personal sin retiro |
Supervisora. Coordinación y control de las
tareas efectuadas por dos más personas a su cargo |
Hora: $ 101,00 Mensual: $ 12.684,00 |
Hora: $ 110,50 Mensual:$14. 129,00 |
Personal
para tareas específicas: Cocineros/as
contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha
labor, y toda otra tarea del hogar
que requiera
especial idoneidad del personal para llevarla a cabo |
Hora: $ 95,50 Mensual: $ 11.784,00 |
Hora: $105,00 Mensual:$13.117,50 |
Caseros. Personal que presta tareas inherentes al
cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo |
Hora: $ 89,50 Mensual: $ 11.497,00 |
|
Asistencia y cuidado
de personas. Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y
cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con
discapacidad; niños/niñas, adolescentes, adultos mayores |
Hora: $ 89,50 Mensual: $ 11497,00 |
Hora: $ 105,00 Mensual:$ 12.813,00 |
Personal para tareas generales. Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción
de comidas y, en general,
toda otra tarea típica del hogar |
Hora: $ 84,00 Mensual: $ 10.339,50 |
Hora: $ 89,50 Mensual:$11.497,00 |
El
personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría, quedará
comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
Adicional por zona desfavorable: se establece un adicional del 25% sobre los
salarios mínimos correspondientes a cada categoría para el personal que se
desempeñe en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa
Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur o en el Partido de
Patagones
de la Provincia de Buenos Aires
Categoría |
Personal con Retiro |
Personal sin retiro |
Supervisora. Coordinación y control de las
tareas efectuadas por dos más personas a su cargo |
Hora: $ 97,00 Mensual: $ 12.142,00 |
Hora: $ 106,00 Mensual:$13.525,00 |
Personal
para tareas específicas: Cocineros/as
contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha
labor, y toda otra tarea del hogar
que requiera
especial idoneidad del personal para llevarla a cabo |
Hora: $ 91,50 Mensual: $ 11.281,00 |
Hora: $100,50 Mensual:$12.557,00 |
Caseros. Personal que presta tareas inherentes al
cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo |
Hora: $ 86,00 Mensual: $ 11.006,00 |
|
Asistencia y cuidado de personas. Asistencia
y cuidado de personas: comprende la asistencia y
cuidado no terapéutico de |
Hora: $ 86,00 Mensual: $ 11.006,00 |
Hora: $ 97,00 Mensual:$ 12.265,50 |
personas, tales como: personas
enfermas, con discapacidad; niños/niñas, adolescentes, adultos mayores |
|
|
Personal para tareas generales. Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción
de comidas y, en general,
toda otra tarea típica del hogar |
Hora: $ 80,00 Mensual: $ 9.987,50 |
Hora: $ 86,00 Mensual:$11.006,00 |
El
personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría, quedará
comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
Adicional por zona desfavorable: se establece un adicional del 25% sobre los
salarios mínimos correspondientes a cada categoría para el personal que se
desempeñe en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa
Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur o en el Partido de
Patagones
de la Provincia de Buenos Aires
Por Resolución
1/2017 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas particulares (publicada en
el Boletín Oficial del 04 de julio de 2016) se establecieron nuevas
remuneraciones básicas a
partir del 01 de junio de 2016. Ellas son:
Categoría |
Personal con Retiro |
Personal sin retiro |
Supervisora. Coordinación y control de las tareas efectuadas por
dos más personas a su cargo |
Por Hora: $ 78,00 Mensual: $ 9.792,00 |
Por Hora: $ 85,50 Mensual:$ 10.907,50 |
Personal para
tareas específicas: Cocineros/as
contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea
del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo |
Por Hora: $ 73,50 Mensual: $ 9.097,50 |
Por Hora: $ 81 ,00 Mensual:$ 10.126,50 |
Caseros Personal que presta tareas inherentes al
cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del
contrato de trabajo |
Por Hora: $ 89,00 Mensual: $ 8.875,50 |
|
Asistencia
y cuidado de personas Asistencia
y cuidado de
personas: comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales
como: personas enfermas, con discapacidad; niños/niñas,
adolescentes, adultos mayores |
Por Hora: $ 69,00 Mensual: $ 8.875,0 |
Por Hora: $ 78,00 Mensual: $ 9.981,50 |
Personal
para tareas generales Prestación de
tareas de limpieza, lavado,
planchado, mantenimiento,
elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del
hogar |
Por hora: $ 64,50 Mensual: $ 7.982,00 |
Por Hora: $ 69,00 Mensual: $ 8.875,50 |
El
personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría, quedará
comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
Adicional por zona desfavorable: se establece un adicional del 20% sobre los
salarios mínimos correspondientes a cada categoría para el personal que se
desempeñe en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa
Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur o en el Partido de
Patagones
de la Provincia de Buenos Aires
Categoría |
Personal con Retiro |
Personal sin retiro |
Supervisora. Coordinación y control de las tareas efectuadas por
dos más personas a su cargo |
Por Hora: $ 88,50 Mensual: $ 10.841,00 |
Por Hora: $ 94,50 Mensual:$ 12.076,00 |
Personal para
tareas específicas: Cocineros/as
contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea
del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo |
Por Hora: $ 81,50 Mensual: $10.072,00 |
Por Hora: $ 89,50 Mensual: $11.211,50 |
Caseros Personal que presta tareas inherentes al
cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del
contrato de trabajo |
Por Hora: $ 76,50 Mensual: $ 9.826,50 |
|
Asistencia
y cuidado de personas Asistencia
y cuidado de
personas: comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales
como: personas enfermas, con discapacidad; niños/niñas,
adolescentes, adultos mayores |
Por Hora: $ 76,50 Mensual: $ 9.826,50 |
Por Hora: $ 86,50 Mensual:$ 10.951,00 |
Personal
para tareas generales Prestación de
tareas de limpieza, lavado,
planchado, mantenimiento,
elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del
hogar |
Por hora: $ 71,50 Mensual: $ 8.837,00 |
Por Hora: $ 76,50 Mensual: $ 9.826,50 |
El
personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría, quedará
comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
Adicional por zona desfavorable: se establece un adicional del 20% sobre los
salarios básicos correspondientes a cada categoría para el personal que se
desempeñe en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquen, Chubut,
Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur o en el
Partido
de Patagones de la Provincia de Buenos Aires
Por
Resolución 1/2016 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas particulares
(publicada en el Boletín Oficial del 04 de julio de 2016) se establecieron
nuevas remuneraciones básicas a partir del 01 de junio de 2016. Ellas son:
Categoría |
Personal con Retiro |
Personal sin retiro |
Supervisora. Coordinación y control de las tareas efectuadas
por dos más
personas a su cargo |
Por Hora: $ 61,50 Mensual: $ 7.756,50 |
Por Hora: $ 67,50 Mensual: $ 8.640,00 |
Personal para
tareas específicas: Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha
labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del
personal para llevarla a cabo |
Por Hora: $ 58,00 Mensual: $ 7.206,50 |
Por Hora: $ 64 ,00 Mensual: $ 8.022,00 |
Caseros Personal que presta tareas
inherentes al cuidado general y |
Por Hora: $ 54,00 Mensual: $ 7.030,50 |
|
preservación de una vivienda en
donde habita con motivo del contrato de trabajo |
|
|
Asistencia
y cuidado de personas Asistencia
y cuidado de
personas: comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales
como: personas enfermas, con discapacidad; niños/niñas,
adolescentes, adultos mayores |
Por Hora: $ 54,50 Mensual: $ 7.030,50 |
Por Hora: $ 61,50 Mensual: $ 7.835,50 |
Personal para tareas generales Prestación de
tareas de limpieza, lavado,
planchado, mantenimiento,
elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del
hogar |
Por hora: $ 51,00 Mensual: $ 6.322,50 |
Por Hora: $ 54,50 Mensual: $ 7.030,50 |
El
personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría, quedará
comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
Adicional por zona desfavorable: se establece un adicional del 15% sobre los
salarios básicos correspondientes a cada categoría para el personal que se
desempeñe en las provincias de Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz o Tierra
del Fuego.
Categoría |
Personal con Retiro |
Personal sin retiro |
Supervisora. Coordinación y control de las tareas efectuadas por
dos más personas a su cargo |
Por Hora: $ 69,50 Mensual: $ 8.742,50 |
Por Hora: $ 76,00 Mensual: $ 9.738,50 |
Personal para
tareas específicas: Cocineros/as contratados en forma exclusiva
para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera
especial idoneidad del personal para llevarla a cabo |
Por Hora: $ 65,50 Mensual: $ 8.122,50 |
Por Hora: $ 72 ,00 Mensual: $ 9.041,50 |
Caseros Personal que presta tareas inherentes al cuidado
general y preservación de una vivienda en
donde habita con motivo del contrato de trabajo |
Por Hora: $ 61,50 Mensual: $ 7.924,50 |
|
Asistencia
y cuidado de personas Asistencia
y cuidado de
personas: comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales
como: personas enfermas, con discapacidad; niños/niñas,
adolescentes, adultos mayores |
Por Hora: $ 61,50 Mensual: $ 7.924,50 |
Por Hora: $ 69,50 Mensual: $ 8.831,50 |
Personal para tareas generales Prestación de
tareas de limpieza, lavado,
planchado, mantenimiento,
elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del
hogar |
Por hora: $ 57,50 Mensual: $ 7.126,50 |
Por Hora: $ 61,50 Mensual: $ 7.924,50 |
El
personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría, quedará
comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
Adicional por zona desfavorable: se establece un adicional del 15% sobre los
salarios básicos correspondientes a cada categoría para el personal que se
desempeñe en las provincias de Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz o Tierra
del Fuego.
Por
Resolución 1/2015 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas particulares
(publicada en el Boletín Oficial del 01 de octubre de 2015) se establecieron
nuevas remuneraciones básicas a partir del 01 de septiembre de 2015. Ellas son:
Categoría |
Personal con Retiro |
Personal sin retiro |
Supervisora. Coordinación y control de las tareas efectuadas
por dos más
personas a su cargo |
Por Hora: $ 49,00 Mensual: $ 6.214,00 |
Por Hora: $ 54,00 Mensual: $ 6.922,00 |
Personal para
tareas específicas: Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha
labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del
personal para llevarla a cabo |
Por Hora: $ 46,00 Mensual: $ 5.773,00 |
Por Hora: $ 51 ,00 Mensual: $ 6.427,00 |
Caseros Personal que presta tareas inherentes al
cuidado general y
preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de
trabajo |
Por Hora: $ 44,00 Mensual: $ 5.632,00 |
|
Asistencia y cuidado de personas Asistencia
y cuidado de
personas: comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales
como: personas enfermas, con discapacidad; niños/niñas,
adolescentes, adultos mayores |
Por Hora: $ 44,00 Mensual: $ 5.632,00 |
Por Hora: $ 49,00 Mensual: $ 6.277,00 |
Personal para tareas generales Prestación de tareas de
limpieza, lavado, planchado, mantenimiento,
elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del
hogar |
Por hora: $ 40,00 Mensual: $ 5.065,00 |
Por Hora: $ 44,00 Mensual: $ 5.632,00 |
El
personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría, quedará
comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad
Categoría |
Personal con Retiro |
Personal sin retiro |
Supervisora. Coordinación y control de las tareas efectuadas
por dos más
personas a su cargo |
Por Hora: $ 52,00 Mensual: $ 6.573,00 |
Por Hora: $ 57,00 Mensual: $ 7.322,00 |
Personal para
tareas específicas: Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha
labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del
personal para llevarla a cabo |
Por Hora: $ 49,00 Mensual: $ 6.107,00 |
Por Hora: $ 54 ,00 Mensual: $ 6.798,00 |
Caseros Personal que presta tareas inherentes al
cuidado general y
preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de
trabajo |
Por Hora: $ 46,00 Mensual: $ 5.958,00 |
|
Asistencia y cuidado de personas Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y cuidado no
terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con |
Por Hora: $ 46,00 Mensual: $ 5.958,00 |
Por Hora: $ 52,00 Mensual: $ 6.640,00 |
discapacidad; niños/niñas, adolescentes, adultos mayores |
|
|
Personal para tareas generales Prestación de
tareas de limpieza, lavado,
planchado, mantenimiento,
elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del
hogar |
Por hora: $ 43,00 Mensual: $ 5.358,00 |
Por Hora: $ 46,00 Mensual: $ 5.958,00 |
El
personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría, quedará
comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad
Por
Resolución del Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social 1062/2014 (Publicada en el Boletín Oficial del 02 de
octubre de 2014) se establecieron nuevas categorías y remuneraciones mínimas
para este personal, a partir del 01 de septiembre de 2014 y a partir del 01 de enero de 2015, que serán de aplicación
en todo el territorio de la República Argentina, sin perjuicio de las
facultades asignadas a la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares).
Ellas son:
Período
comprendido entre el 01 de septiembre de 2014 y 31 de diciembre de 2014
Categoría |
Personal con Retiro |
Personal sin retiro |
Primera. Supervisora:
coordinación y control de las tareas efectuadas por dos más personas a su
cargo |
Por Hora: $ 37,00 Mensual:$ 4.740,00,00 |
Por Hora: $ 41,00 Mensual: $ 5.280,00 |
Segunda Personal para
tareas específicas: cocineros/as
contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea
del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo |
Por Hora: $ 35,00 Mensual: $ 4.404,00 |
Por Hora: $ 38,00 Mensual: $ 4.902,00 |
Tercera Caseros: personal que presta tareas inherentes al cuidado
general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del
contrato de trabajo |
|
Por Hora: $ 34,00 Mensual: $ 3.580,00 |
Cuarta Asistencia
y cuidado de
personas: comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales
como: personas enfermas, con discapacidad; niños/niñas,
adolescentes, adultos mayores |
Por Hora: $ 34,00 Mensual: $ 4.296,00 |
Por Hora: $ 34,00 Mensual: $ 4.296,00 |
Quinta Personal para
tareas generales: prestación de
tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento,
elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del
hogar |
Por hora: $ 30,00 Mensual: $ 3.864,00 |
Por Hora: $ 34,00 Mensual: $ 4.296,00 |
El
personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría, quedará
comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad
A
partir del 01 de enero de 2015
Categoría |
Personal con Retiro |
Personal sin retiro |
Primera. Supervisora:
coordinación y control de las tareas efectuadas por dos más personas a su
cargo |
Por Hora: $ 40,00 Mensual:$ 5.135,00 |
Por Hora: $ 44,00 Mensual: $ 5.720,00 |
Segunda Personal para tareas específicas: cocineros/as
contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea
del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo |
Por Hora: $ 38,00 Mensual: $ 4.771,00 |
Por Hora: $ 42,00 Mensual: $ 5.311,00 |
Tercera Caseros: personal que presta tareas inherentes al cuidado
general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del
contrato de trabajo |
|
Por Hora: $ 36,00 Mensual: $ 4.654,00 |
Cuarta Asistencia
y cuidado de
personas: comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales
como: personas enfermas, con discapacidad; niños/niñas,
adolescentes, adultos mayores |
Por Hora: $ 36,00 Mensual: $ 4.654,00 |
Por Hora: $ 40,00 Mensual: $ 5.187,00 |
Quinta Personal para tareas generales: prestación de tareas de
limpieza, lavado, planchado, mantenimiento,
elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del
hogar |
Por hora: $ 33,00 Mensual: $ 4.186,00 |
Por Hora: $ 36,00 Mensual: $ 4.654,00 |
El
personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría, quedará
comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad
Carlos Oscar
Lerner
Buenos
Aires, 06 de octubre de 2014
Los
montos mínimos anteriores eran:
Por Resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social 836/2013 (Publicada en el Boletín Oficial del 19 de septiembre de 2013) se establecieron nuevas categorías y remuneraciones mínimas para este personal, a partir del 01 de septiembre de 2013, que serán de aplicación en todo el territorio de la República Argentina, sin perjuicio de las facultades asignadas a la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares). Ellas son:
Categoría |
Personal con Retiro |
Personal sin retiro |
Primera. Supervisora:
coordinación y control de las tareas efectuadas por dos más personas a su
cargo |
Por Hora: $ 31,00 Mensual: $ 3.950,00 |
Por Hora: $ 34,00 Mensual: $ 4.400,00 |
Segunda Personal para
tareas específicas: cocineros/as
contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea
del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo |
Por Hora: $ 29,00 Mensual: $ 3.670,00 |
Por Hora: $ 32,00 Mensual: $ 4.085,00 |
Tercera Caseros: personal que presta tareas
inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita
con motivo del contrato de trabajo |
|
Por Hora: $ 28,00 Mensual: $ 3.580,00 |
Cuarta Asistencia
y cuidado de
personas: comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales
como: personas enfermas, con discapacidad; niños/niñas,
adolescentes, adultos mayores |
Por Hora: $ 28,00 Mensual: $ 3.580,00 |
Por Hora: $ 31,00 Mensual: $ 3.990,00 |
Quinta Personal para
tareas generales: prestación de
tareas de limpieza, lavado, planchado, |
Por hora: $ 25,00 |
Por Hora: $ 28,00 |
mantenimiento, elaboración y
cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar |
Mensual: $ 3.220,00 |
Mensual: $ 3.580,00 |
El
personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría, quedará
comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
Las
remuneraciones mínimas que regían para el personal en relación de dependencia,
con el régimen anterior,eran las siguientes:
A
partir del 01 de enero de 2005 (Resolución 76/2005 del Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social).
Categoría |
Monto |
Primera Categoría (institutrices, preceptores,
gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses) |
$ 554,00 |
Segunda Categoría (cocineros/as especializados, mucamos/as especializados; niñeras especializadas, Valets y porteros
de casas particulares |
$ 514,00 |
Tercera Categoría
(cocineros/as; mucamos/as; niñeras en general auxiliares para
todo trabajo; ayudantes/as; caseros y jardineras) |
$ 502;00 |
Cuarta Categoría (aprendices en general de 14 a 17 años de edad) |
$ 450,00 |
Quinta Categoría (personal con retiro que trabaja diariamente) por
ocho o más horas diarias |
$ 450,00 |
Sexta Categoría (personal con retiro que trabaja diariamente) por
hora |
$ 3,40 |
Planchadoras, lavanderas, personal de limpieza, por cuatro horas
diarias |
$ 225,00 |
Planchadoras, lavanderas, personal de limpieza, cada hora diaria en
exceso de cuatro |
$ 3,40 |
A
partir del 01 de abril de 2006 (Resolución 314/2006 del Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social).
Categoría |
Monto |
Primera Categoría (institutrices, preceptores,
gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses) |
$ 630,00 |
Segunda Categoría (cocineros/as especializados, mucamos/as especializados; niñeras especializadas, Valets y porteros
de casas particulares |
$ 585,00 |
Tercera Categoría
(cocineros/as; mucamos/as; niñeras en general auxiliares para
todo trabajo; ayudantes/as; caseros y jardineras) |
$ 571;00 |
Cuarta Categoría (aprendices en general de 14 a 17 años de edad) |
$ 512,00 |
Quinta Categoría (personal con retiro que trabaja diariamente) por
ocho o más horas diarias |
$ 512,00 |
Sexta Categoría (personal con retiro que trabaja diariamente) por
hora |
$ 3,90 |
Planchadoras, lavanderas, personal de limpieza, por cuatro horas
diarias |
$ 256,00 |
Planchadoras, lavanderas, personal de limpieza, cada hora diaria en
exceso de cuatro |
$ 3,90 |
A
partir del 01 de septiembre de 2006 (Resolución 962/2006 del Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social).
Categoría |
Monto |
Primera Categoría (institutrices, preceptores,
gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses) |
$ 750,00 |
Segunda Categoría (cocineros/as especializados, mucamos/as especializados; niñeras especializadas, Valets y porteros
de casas particulares |
$ 696,00 |
Tercera Categoría
(cocineros/as; mucamos/as; niñeras en general auxiliares para
todo trabajo; ayudantes/as; caseros y jardineras) |
$ 680;00 |
Cuarta Categoría (aprendices en general de 14 a 17 años de edad) |
$ 610,00 |
Quinta Categoría (personal con retiro que trabaja diariamente) por
ocho o más horas diarias |
$ 610,00 |
Quinta Categoría (personal con retiro que trabaja diariamente) por
hora |
$ 4,65 |
Planchadoras, lavanderas, personal de limpieza, por cuatro horas
diarias |
$ 305,00 |
Planchadoras, lavanderas, personal de limpieza, cada hora diaria en
exceso de cuatro |
$ 4,65 |
A
partir del 01 de noviembre de 2007 (Anexo I de la Resolución 1306/2007 del
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social).
Categoría |
Monto |
Primera Categoría (institutrices, preceptores,
gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses) |
$ 1.021,00 |
Segunda Categoría (cocineros/as especializados, mucamos/as especializados; niñeras especializadas, Valets y porteros
de casas particulares |
$ 947,00 |
Tercera Categoría
(cocineros/as; mucamos/as; niñeras en general auxiliares para
todo trabajo; ayudantes/as; caseros y jardineras) |
$ 925;00 |
Cuarta Categoría (aprendices en general de 14 a 17 años de edad) |
$ 830,00 |
Quinta Categoría (personal con retiro que trabaja diariamente) por
ocho o más horas diarias |
$ 830,00 |
Quinta Categoría (personal con retiro que trabaja diariamente) por
hora |
$ 6,30 |
Planchadoras, lavanderas, personal de limpieza, por cuatro horas
diarias |
$ 415,00 |
Planchadoras, lavanderas, personal de limpieza, cada hora diaria en
exceso de cuatro |
$ 6,30 |
A
partir del 01 de marzo de 2008 (Anexo II de la Resolución 1306/2007 del
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social).
Categoría |
Monto |
Primera Categoría (institutrices, preceptores,
gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses) |
$ 1.114,00 |
Segunda Categoría (cocineros/as especializados, mucamos/as especializados; niñeras especializadas, Valets y porteros
de casas particulares |
$ 1.034,00 |
Tercera Categoría
(cocineros/as; mucamos/as; niñeras en general auxiliares para
todo trabajo; ayudantes/as; caseros y jardineras) |
$ 1.010;00 |
Cuarta Categoría (aprendices en general de 14 a 17 años de edad) |
$ 906,00 |
Quinta Categoría (personal con retiro que trabaja diariamente) por
ocho o más horas diarias |
$ 906,00 |
Quinta Categoría (personal con retiro que trabaja diariamente) por
hora |
$ 6,90 |
Planchadoras, lavanderas, personal de limpieza, por cuatro horas
diarias |
$ 453,00 |
Planchadoras, lavanderas, personal de limpieza, cada hora diaria en
exceso de cuatro |
$ 6,90 |
A
partir del 01 de noviembre de 2008 (Anexo de la Resolución 11538/2007 del
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social).
Categoría |
Monto |
Primera Categoría (institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses). 8 horas con retiro |
$ 1.404,00 |
Primera Categoría (institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses). Sin retiro |
1.565,00 |
Segunda Categoría (cocineros/as especializados, mucamos/as especializados; niñeras especializadas, Valets y porteros
de casas particulares 8 horas con retiro |
$ 1.303,00 |
Segunda Categoría (cocineros/as especializados, mucamos/as especializados; niñeras especializadas, Valets y porteros
de casas particulares Sin retiro |
1.452,00 |
Tercera Categoría
(cocineros/as; mucamos/as; niñeras en general auxiliares para
todo trabajo; ayudantes/as; caseros y jardineras) |
$ 1.273,00 |
Cuarta Categoría (aprendices en general de 16 a 17 años de edad) |
$ 1.142,00 |
Quinta Categoría (personal con retiro que trabaja diariamente) por
ocho horas diarias |
$ 1.142,00 |
Quinta Categoría (personal con retiro que trabaja diariamente) por
hora |
$ 8,70 |
Quinta categoría (personal con retiro por una labor máxima de 4 horas
diarias |
$ 571,00 |
Quinta categoría (personal con retiro por “hora de excedencia” |
$ 8,70 |
A
partir del 01 de noviembre de 2009 (Resolución 1002/2009 del Ministerio del
Trabajo,
Empleo y Seguridad Social)
Categoría |
Monto |
Primera Categoría (institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses). Personal con retiro (8 horas) |
$ 1.656,72 |
Primera Categoría (institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses). Personal sin retiro |
$ 1.846,70 |
Segunda Categoría (cocineros/as especializados/as; mucamos/as especializados/as; niñeras especializadas; Velets y porteros de casas particulares). Personal con retiro (8 horas) |
$ 1.537,54 |
Segunda Categoría
(cocineros/as especializados/as; mucamos/as especializados/as; niñeras
especializadas; Velets y porteros de casas particulares). Personal sin retiro |
$ 1.713,36 |
Tercera
Categoría (cocinero/a; mocamos/as; niñeras en general; auxiliares para todo
trabajo; ayudantes/as; caseros y jerdineras) |
$ 1.502,14 |
Cuarta Categoría (aprendices en general de 16 a 17 años de edad) |
$ 1.347,56 |
Quinta Categoría (personal con retiro que trabaja diariamente) 8
horas diarias |
$ 1.347,56 |
Quinta Categoría (personal con retiro que trabaja diariamente) por
hora |
$ 10,27 |
Quinta
Categoría (personal con retiro que trabaja diariamente) Por una labor máxima
de 4 horas de trabajo diarias |
$ 673,78 |
Quinta Categoría (personal con retiro que trabaja diariamente) “Hora
de excedencia) |
$ 10,27 |
A
partir del 12 de noviembre de 2010 (Resolución 1297/2010 del Ministerio del
Trabajo,
Empleo y Seguridad Social)
Categoría |
Monto |
Primera Categoría (institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses). Personal con retiro (8 horas) |
$ 2.037,77 |
Primera Categoría (institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses). Personal sin retiro |
$ 2.271,44 |
Segunda Categoría (cocineros/as especializados/as;
mucamos/as especializados/as; niñeras especializadas; Velets y porteros de
casas particulares). Personal con retiro (8 horas) |
$ 1.891,17 |
Segunda Categoría (cocineros/as especializados/as;
mucamos/as especializados/as; niñeras especializadas; Velets y porteros de
casas particulares). Personal sin retiro |
$ 2.107,43 |
Tercera Categoría (cocinero/a; mocamos/as; niñeras en general;
auxiliares para todo trabajo; ayudantes/as; caseros y jerdineras) |
$ 1.847,63 |
Cuarta Categoría (aprendices en general de 16 a 17 años de edad) |
$ 1.657,50 |
Quinta Categoría (personal
con retiro que trabaja diariamente) 8 horas diarias |
$ 1.657,50 |
Quinta Categoría (personal
con retiro que trabaja diariamente) por hora
|
$ 12,63 |
Quinta Categoría (personal con retiro que trabaja diariamente) Por una labor
máxima de 4 horas de trabajo diarias |
$ 828,75 |
Quinta Categoría (personal
con retiro que trabaja diariamente) “Hora de excedencia) |
$ 12,55 |
A
partir del 01 de noviembre de 2011 (Resolución 1350/2011 del Ministerio del
Trabajo,
Empleo y Seguridad Social)
Categoría |
Monto |
Primera Categoría (institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses). Personal con retiro (8 horas) |
$ 2.547,21 |
Primera Categoría (institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses). Personal sin retiro |
$ 2.839,30 |
Segunda Categoría (cocineros/as especializados/as;
mucamos/as especializados/as; niñeras especializadas; Velets y porteros de
casas particulares). Personal con retiro (8 horas) |
$ 2.363,96 |
Segunda Categoría (cocineros/as especializados/as;
mucamos/as especializados/as; niñeras especializadas; Velets y porteros de
casas particulares). Personal sin retiro |
$ 2.634,29 |
Tercera Categoría (cocinero/a; mocamos/as; niñeras en general;
auxiliares para todo trabajo; ayudantes/as; caseros y jerdineras) |
$ 2.309,54 |
Cuarta Categoría (aprendices en general de 16 a 17 años de edad) |
$ 2.071,88 |
Quinta Categoría (personal
con retiro que trabaja diariamente) 8 horas diarias |
$ 2.071,88 |
Quinta Categoría (personal
con retiro que trabaja diariamente) por hora
|
$ 15,79 |
Quinta Categoría (personal con retiro que trabaja diariamente) Por una labor
máxima de 4 horas de trabajo diarias |
$ 1.035,94 |
Quinta Categoría (personal
con retiro que trabaja diariamente) “Hora de excedencia) |
$ 15,79 |
A
partir del 01 de noviembre de 2012 (Resolución 958/2012 del Ministerio del
Trabajo,
Empleo y Seguridad Social)
Categoría |
|
Monto |
Primera Categoría (institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses). Personal con retiro (8 horas) |
3.184,01 |
$ |
Primera Categoría (institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses). Personal sin retiro |
|
$ 3.549,13 |
Segunda Categoría (cocineros/as especializados/as; mucamos/as especializados/as; niñeras especializadas; Valets y porteros de casas particulares). Personal con retiro (8 horas) |
|
$ 2.954,95 |
Segunda Categoría (cocineros/as especializados/as; mucamos/as especializados/as; niñeras especializadas; Valets y porteros de casas particulares). Personal sin retiro |
|
$ 3.292,86 |
Tercera Categoría (cocinero/a; mucamos/as; niñeras en general; auxiliares para todo trabajo;
ayudantes/as; caseros y jardineras) |
|
$ 2.886,93 |
Cuarta
Categoría (aprendices en general de 16 a 17 años de edad) |
|
$ 2.589,85 |
Quinta Categoría (personal con retiro que trabaja
diariamente) 8 horas diarias |
|
$ 2.589,85 |
Quinta Categoría (personal con retiro que trabaja
diariamente) por hora |
$ 19,74 |
|
Quinta Categoría (personal con retiro que trabaja diariamente) Por una labor máxima de 4 horas de
trabajo diarias |
$ 1.294,93 |
|
Quinta Categoría (personal con retiro que trabaja
diariamente) “Hora de excedencia) |
$ 19,74 |
Provincia de Córdoba (decreto 3922/75 de la Provincia de Córdoba)
A
partir del 01 de abril de 2006 (Resolución 329/2006 del Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social).
Categoría |
Monto |
Primera Categoría (institutrices, preceptores,
gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses) |
$ 630,00 |
Segunda Categoría (empleadas cama adentro sin retiro para
todo trabajo, cocina, limpieza, lavado, planchado y cuidado de niños,
caseros, y en general empleados y auxiliares para todo trabajo) |
$ 585,00 |
Tercera Categoría (empleadas cama adentro sin retiro para
parte del trabajo: a) cocina, limpieza; b) cocina y lavado; c) limpieza,
lavado y planchado y cualquier otra alternativa dentro de las tareas del
servicio doméstico) |
$ 571;00 |
Cuarta
Categoría (empleadas con retiro hasta las 20 horas para los trabajos
comprendidos en las categorías segunda y tercera) |
$ 571,00 |
Quinta
Categoría (empleadas con retiro hasta las 15 horas para los trabajos
comprendidos en las categorías segunda y tercera) |
$ 512,00 |
Sexta
Categoría (empleadas con retiro hasta las 12 horas para los trabajos
comprendidos en las categorías segunda y tercera) |
$ 425,00 |
Personal de Servicio Doméstico que trabaje por hora
|
$ 3,90 |
Personal de 14 a 17 años (inclusive) para todas las categorías
(mensual) |
$ 512,00 |
Personal de 14 a 17 años (inclusive) para todas las categorías (por
hora) |
$ 3,90 |
A
partir del 01 de octubre de 2006 (Resolución 1008/2006 del Ministerio del
Trabajo,
Empleo y Seguridad Social)
Categoría |
Monto |
Primera Categoría (institutrices, preceptores,
gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses) |
$ 750,00 |
Segunda Categoría (empleadas cama adentro sin retiro para
todo trabajo, cocina, limpieza, lavado, planchado y cuidado de niños,
caseros, y en general empleados y auxiliares para todo trabajo) |
$ 696,00 |
Tercera Categoría (empleadas cama adentro sin retiro para
parte del trabajo: a) cocina, limpieza; b) cocina y lavado; c) limpieza,
lavado y planchado y cualquier otra alternativa dentro de las tareas del
servicio doméstico) |
$ 680;00 |
Cuarta
Categoría (empleadas con retiro hasta las 20 horas para los trabajos
comprendidos en las categorías segunda y tercera) |
$ 680,00 |
Quinta
Categoría (empleadas con retiro hasta las 15 horas para los trabajos
comprendidos en las categorías segunda y tercera) |
$ 610,00 |
Sexta
Categoría (empleadas con retiro hasta las 12 horas para los trabajos
comprendidos en las categorías segunda y tercera) |
$ 506,00 |
Personal de Servicio Doméstico que trabaje por hora
|
$ 4,65 |
Personal de 14 a 17 años (inclusive) para todas las categorías
(mensual) |
$ 610,00 |
Personal de 14 a 17 años (inclusive) para todas las categorías (por
hora) |
$ 4,65 |
A
partir del 01 de noviembre de 2007 (Resolución 1355/2007 del Ministerio del
Trabajo,
Empleo y Seguridad Social)
Categoría |
Monto |
Primera Categoría (institutrices, preceptores,
gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses) |
$ 1.021,00 |
Segunda Categoría (empleadas cama adentro sin retiro para todo
trabajo, cocina, limpieza, lavado, planchado |
$ 947,00 |
y cuidado de niños, caseros, y en general empleados y auxiliares para
todo trabajo) |
|
Tercera Categoría (empleadas cama adentro sin retiro para
parte del trabajo: a) cocina, limpieza; b) cocina y lavado; c) limpieza,
lavado y planchado y cualquier otra alternativa dentro de las tareas del
servicio doméstico) |
$ 925;00 |
Cuarta
Categoría (empleadas con retiro hasta las 20 horas para los trabajos
comprendidos en las categorías segunda y tercera) |
$ 925,00 |
Quinta
Categoría (empleadas con retiro hasta las 15 horas para los trabajos
comprendidos en las categorías segunda y tercera) |
$ 830,00 |
Sexta
Categoría (empleadas con retiro hasta las 12 horas para los trabajos
comprendidos en las categorías segunda y tercera) |
$ 689,00 |
Personal de Servicio Doméstico que trabaje por hora
|
$ 6,30 |
Personal de 14 a 17 años (inclusive) para todas las categorías
(mensual) |
$ 830,00 |
Personal de 14 a 17 años (inclusive) para todas las categorías (por
hora) |
$ 6,30 |
A
partir del 01 de marzo de 2008 (Resolución 1355/2007 del Ministerio del
Trabajo,
Empleo y Seguridad Social)
Categoría |
Monto |
Primera Categoría (institutrices, preceptores,
gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses) |
$ 1.114,00 |
Segunda Categoría (empleadas cama adentro sin retiro para
todo trabajo, cocina, limpieza, lavado, planchado y cuidado de niños,
caseros, y en general empleados y auxiliares para todo trabajo) |
$ 1.034,00 |
Tercera Categoría (empleadas cama adentro sin retiro para
parte del trabajo: a) cocina, limpieza; b) cocina y lavado; c) limpieza,
lavado y planchado y cualquier otra alternativa dentro de las tareas del
servicio doméstico) |
$ 1.010;00 |
Cuarta
Categoría (empleadas con retiro hasta las 20 horas para los trabajos
comprendidos en las categorías segunda y tercera) |
$ 1.010,00 |
Quinta
Categoría (empleadas con retiro hasta las 15 horas para los trabajos
comprendidos en las categorías segunda y tercera) |
$ 906,00 |
Sexta
Categoría (empleadas con retiro hasta las 12 horas para los trabajos
comprendidos en las categorías segunda y tercera) |
$ 752,00 |
Personal de Servicio Doméstico que trabaje por hora
|
$ 6,90 |
Personal de 14 a 17 años (inclusive) para todas las categorías
(mensual) |
$ 906,00 |
Personal de 14 a 17 años (inclusive) para todas las categorías (por
hora) |
$ 6,90 |
A
partir del 01 de diciembre de 2008 (Resolución 1560/2008 del Ministerio del
Trabajo,
Empleo y Seguridad Social)
Categoría |
Monto |
Primera Categoría (institutrices, preceptores,
gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses) |
$ 1.392,50 |
Segunda Categoría (empleadas cama adentro sin retiro para
todo trabajo, cocina, limpieza, lavado, planchado y cuidado de niños,
caseros, y en general empleados y auxiliares para todo trabajo) |
$ 1.292,50 |
Tercera Categoría (empleadas cama adentro sin retiro para
parte del trabajo: a) cocina, limpieza; b) cocina y lavado; c) limpieza,
lavado y planchado y cualquier otra alternativa dentro de las tareas del
servicio doméstico) |
$ 1.262,50 |
Cuarta
Categoría (empleadas con retiro, todo el día hasta las 20 horas para los
trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera) |
$ 1.262,50 |
Quinta
Categoría (empleadas con retiro hasta las 15 horas para los trabajos
comprendidos en las categorías segunda y tercera) |
$ 1.132,50 |
Sexta
Categoría (empleadas con retiro hasta las 12 horas para los trabajos
comprendidos en las categorías segunda y tercera) |
$ 940,00 |
Personal de Servicio Doméstico que trabaje por hora
|
$ 8,63 |
Personal de 16 a 17 años (inclusive) para todas las categorías
(mensual) |
$ 1.132,50 |
Personal de 16 a 17 años (inclusive) para todas las categorías (por
hora) |
$ 8,63 |
A partir del 01 de noviembre de 2009
(Resolución 1141/2009 del Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social)
Categoría |
Monto |
Primera Categoría (institutrices, preceptores,
gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses) |
$ 1.643,15 |
Segunda Categoría (empleadas cama adentro sin retiro para
todo trabajo, cocina, limpieza, lavado, planchado y cuidado de niños,
caseros, y en general empleados y auxiliares para todo trabajo) |
$ 1.525,15 |
Tercera Categoría (empleadas cama adentro sin retiro para
parte del trabajo: a) cocina, limpieza; b) cocina y lavado; c) limpieza,
lavado y planchado y cualquier otra alternativa dentro de las tareas del
servicio doméstico) |
$ 1.490,00 |
Cuarta
Categoría (empleadas con retiro, todo el día hasta las 20 horas para los
trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera) |
$ 1.490,00 |
Quinta
Categoría (empleadas con retiro hasta las 15 horas para los trabajos
comprendidos en las categorías segunda y tercera) |
$ 1.336,35 |
Sexta
Categoría (empleadas con retiro hasta las 12 horas para los trabajos
comprendidos en las categorías segunda y tercera) |
$ 1.109,20 |
A
partir del 01 de diciembre de 2010 (Resolución 1389/2010 del Ministerio del
Trabajo,
Empleo y Seguridad Social)
Categoría |
Monto |
Primera Categoría (institutrices, preceptores,
gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses) |
$ 2.021,07 |
Segunda Categoría (empleadas cama adentro sin retiro para
todo trabajo, cocina, limpieza, lavado, planchado y cuidado de niños,
caseros, y en general empleados y auxiliares para todo trabajo) |
$ 1.875,93 |
Tercera Categoría (empleadas cama adentro sin retiro para
parte del trabajo: a) cocina, limpieza; b) cocina y lavado; c) limpieza,
lavado y planchado y cualquier otra alternativa dentro de las tareas del
servicio doméstico) |
$ 1.832,70 |
Cuarta
Categoría (empleadas con retiro, todo el día hasta las 20 horas para los
trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera) |
$ 1.832,70 |
Quinta
Categoría (empleadas con retiro hasta las 15 horas para los trabajos
comprendidos en las categorías segunda y tercera) |
$ 1.643,71 |
Sexta
Categoría (empleadas con retiro hasta las 12 horas para los trabajos
comprendidos en las categorías segunda y tercera) |
$ 1.364,32 |
Retribución mínima para el personal que trabje por hora |
$ 12,52 (por hora) |
A
partir del 01 de noviembre de 2011 (Resolución 1351/2011 del Ministerio del
Trabajo,
Empleo y Seguridad Social)
Categoría |
Monto |
Primera Categoría (institutrices, preceptores,
gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses) |
$ 2.526,34 |
Segunda Categoría (empleadas cama adentro sin retiro para
todo trabajo, cocina, limpieza, lavado, planchado y cuidado de niños,
caseros, y en general empleados y auxiliares para todo trabajo) |
$ 2.344,91 |
Tercera Categoría (empleadas cama adentro sin retiro para parte del
trabajo: a) cocina, limpieza; b) cocina y |
$ 2.290,88 |
lavado; c) limpieza, lavado y planchado y cualquier otra alternativa
dentro de las tareas del servicio doméstico) |
|
Cuarta
Categoría (empleadas con retiro, todo el día hasta las 20 horas para los
trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera) |
$ 2.290,88 |
Quinta
Categoría (empleadas con retiro hasta las 15 horas para los trabajos
comprendidos en las categorías segunda y tercera) |
$ 2.054,64 |
Sexta
Categoría (empleadas con retiro hasta las 12 horas para los trabajos
comprendidos en las categorías segunda y tercera) |
$ 1.705,40 |