Mediante las Resoluciones 310/2002 (publicada en el Boletín Oficial del 16 de septiembre de 2002) y 502/2002 (publicada en el Boletín Oficial del 16 de diciembre de 2002), la Superintendencia de Riesgos del Trabajo ha dispuesto que:
1. Credenciales: las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo y los empleadores autoasegurados, deben entregar una credencial que identifique a los trabajadores que se encuentran cubiertos por las pólizas respectivas. Las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo deben enviar las credenciales a los empleadores afiliados, y éstos efectuarles el correspondiente acuse de recibo y entregarlas a los trabajadores.
Dichas
credenciales deben lucir una leyenda claramente redactada, en la que se indique
al trabajador la necesidad de llevarla consigo permanentemente y que – en caso
de accidente deberá comunicarse al número telefónico de acceso gratuito que
figure en la misma tarjeta (el mismo debe corresponder al “Centro Coordinador
de Atención Permanente” de la Aseguradora, al que se alude más adelante).
Si la
credencial reuniere dichos requisitos, será optativa la inclusión del
domicilio de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
En este
aspecto, la redacción de la norma no es del todo feliz, pues la anterior –
Resolución 310/2002 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo – establecía
que en la credencial debían figurar – obligatoriamente el nombre de la
Aseguradora de Riesgos del Trabajo (o empleador autoasegurado), su dirección y
un número telefónico de acceso gratuito: aparentemente, estos requisitos han
sido reemplazados desapareciendo la obligación de consignar la dirección.
Será
optativo transcribir, al dorso de la tarjeta, las disposiciones legales que
obligan al trabajador a informar el siniestro al trabajador.
2.
Credenciales emitidas anteriormente
Las
credenciales emitidas hasta el 17 de diciembre de 2002, se considerarán válidas
siempre y cuando contuvieren el número telefónico de acceso gratuito al
servicio de los trabajadores.
En relación
a nuevos contratos, traspasos o peticiones efectuadas por empresas, las nuevas
credenciales se entregarán a partir del 01 de enero de 2003.
3. Centro Coordinador de Atención Permanente: las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo y los empleadores autoasegurados deberán contar con un “Centro Coordinador de Atención Permanente” (CeCAP). El mismo debe tener un número telefónico de acceso gratuito (que es el que debe figurar en la credencial antes aludida).
El número
telefónico de acceso gratuito del CeCAP, deberá ser hecho conocer por la
Aseguradora de Riesgos del Trabajo (o el empleador autoasegurado), a todos los
prestadores públicos de salud.
Los
llamados telefónicos efectuados para efectuar denunciar algún accidente de
trabajo, contarán con una clave identificatoria que será proporcionada a la
persona que efectúe la denuncia de accidente por este medio. La fecha y hora de
esta llamada, quedará registrada y será reconocida como el momento en que la
aseguradora – o el empleador autoasegurado – tomaron conocimiento del
siniestro y se hicieron cargo del mismo.
En este
Centro Coordinador, deberá existir personal suficientemente capacitado para
asistir telefónicamente a los denunciantes, asignándoles los prestadores
adecuados.
También
deberá existir un profesional médico (puede ser guardia pasiva siempre que esté
en permanente contacto) quien será el responsable de decidir el prestador más
adecuado
También
deberá contar el Centro Coordinador con un sistema de traslado de pacientes
graves.
4. Información a dependientes: las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo y los empleadores autoasegurados, deben hacer conocer a los empleadores afiliados y a sus trabajadores cubiertos, los procedimientos a seguir en caso de accidente y facilitar los mecanismos que aceleren el comienzo de la atención. Entre estos mecanismos, se encontrará la portación de la credencial antes mencionada.
5. El plazo para la implementación del sistema es de noventa días contados a partir del 17 de septiembre de 2002, es decir, su fecha límite se cumplió el 17 de diciembre de 2002.
18 de diciembre de 2002
Carlos
Oscar Lerner